La Superintendencia de Bancos (Sudeban) anunció la flexibilización de los requisitos para que los ciudadanos puedan aperturar cuentas bancarias, de forma más rápida y sencilla.
La notificación la hizo el ente por medio de una circular enviada a todas las instituciones bancarias el pasado 1 de marzo, donde detalló que las cuentas de ahorro y corrientes de personas naturales será de nivel 1 y 2.
Los requisitos para aperturar las cuentas serán los siguientes:
Cuentas Nivel 1
Va dirigido a personas naturales
- Monto máximo: 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor (BCV).
- Requisitos:
- Cédula de identidad legible (vigente o vencida).
- Dirección del titular.
- Pasaporte legible (si eres extranjero).
Cuentas Nivel 2
Será de uso exclusivo para las personas naturales
- Monto mínimo: Superior a 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor (BCV).
- Requisitos:
- Cédula de identidad legible (vigente o vencida).
- Dirección del titular.
- RIF legible y vigente.
- Pasaporte legible (si eres extranjero).
- Certificación de ingresos (para trabajadores independientes).
- Constancia de trabajo (para empleados).